jueves, 5 de septiembre de 2013

¿DEBERAN LOS DIPUTADOS COSTARRICENSES NOMBRAR JUECES DE CARRERA EN LA MAGISTRATURA DE LA SALA CONSTITUCIONAL?.


Hace más de una década estaba totalmente convencido que el Juez de Carrera es el que conoce más acerca del Poder Judicial costarricense, por lo que admití y pregonaba abiertamente que sería el apto para llegar a la cúpula del Poder Judicial.  Hoy día hemos tenido una experiencia de diez años en este tipo de nombramientos donde mayoritariamente son jueces de carrera.  No obstante, es necesario oxigenar el Poder Judicial de gente de refresco y es necesario que venga desde afuera, con una cosmovisión del Poder Judicial diferente y con nuevas soluciones a los problemas que aquejan a dicho Poder.  Problemas puntuales con relación a la reformas procesales, Ley de Cobros, Ley de Notificaciones y Código de Procedimientos Contenciosos.  Parecieran que han sido reformas que no se inspiran en la Constitución Política sino que más bien la violentan.  Donde la oralidad no es sinónimo de transparencia, el expediente electrónico sirve para cualquier cosa, menos para garantizar al ciudadano que lo que se introduce en él ha sido trasparente.  En Costa Rica desafortunadamente caemos en la obligación de replicar en todas las disciplinas un instituto que funcionó a medias en Europa y que para darles algo novedoso a los costarricenses se pone en práctica.

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