domingo, 20 de abril de 2014

Denuncia de acoso sexual falso en Costa Rica

Cuatro años de cárcel


Mujer condenada por denuncia falsa de violación contra juez


 Tribunal estimó que se causó un gran daño a una persona inocente


 Testigos dijeron que nunca presenciaron acoso o agresión sexual


Carlos Arguedas C. | carguedasc@nacion.com


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El Tribunal de Juicio de San José condenó ayer a la abogada y exauxiliar judicial (E) M. P. a cuatro años de prisión por presentar una denuncia falsa de violación y acoso sexual contra el juez David Hernández.

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La presidenta del Tribunal, Ligia Arias Céspedes, justificó el fallo porque “la sentenciada denunció a una persona inocente, a la cual se le causó un gran daño. Fue asediado por la prensa y fue motivo de mofa y hasta se llegó a hablar de un juez violador”.

Los jueces rechazaron concederle a Marín una pena de tres años, lo cual le permitiría cumplir la sentencia sin ir a prisión.

“Es que la denuncia es totalmente falsa, por eso los cuatro años. Usted debe ir a la cárcel cuando esta sentencia quede firme. No le vamos a ordenar la prisión preventiva porque no existe peligro de fuga”, dijo Arias.

Los jueces estimaron que en el juicio se demostró que la denuncia tenía relación con la investigación que en ese momento tramitaba el juez Hernández por el homicidio del comunicador Parmenio Medina Pérez.

“Hay una conexión, lo que no sabemos es qué era lo que se pretendía, (si) separar al juez del caso o que no se realizara la audiencia preliminar. Usted sabía lo del caso Parmenio Medina. Usted era en ese momento estudiante de Derecho y asistente judicial, sabía lo que era una audiencia preliminar”, precisó la jueza.

Hecho. El caso surgió en diciembre del 2004, cuando la hoy abogada Marín denunció ante la Fiscalía a Hernández por hechos presuntamente sucedidos en el 2002 en el Juzgado Penal de San José.

Esa denuncia la desestimó la Fiscalía de Delitos Sexuales que, a la vez, ordenó iniciar una investigación contra E. Marín por el delito de denuncia calumniosa, que sanciona con prisión de uno a seis años a quien acuse a una persona que se sabe inocente y se simule la existencia de pruebas.

D.H, por su parte, presentó una querella contra Marín pues consideró que actuó en forma dolosa para afectar su imagen.

El Tribunal dijo ayer que los testigos nunca verificaron la versión de la sentenciada. “El juzgado penal ocupaba un espacio muy reducido. Todos estaban muy juntos. El juez no tenía oficina aparte, estaba rodeado de auxiliares y nadie vio ni escuchó nada”, explicó Arias.
 
Publicado en la nación

MUJER CONDENADA POR DENUNCIAR FALSAMENTE ACOSO SEXUAL

Condenada por denunciar a su jefe de un acoso sexual falso

Estuvo motivado por el "resentimiento" porque no le concedió privilegios laborales

EFE.- Sevilla

La Audiencia de Sevilla ha condenado a una mujer a pagar una indemnización de 8.835 euros por denunciar a su jefe por un supuesto acoso sexual que nunca existió y que estuvo motivado por el "resentimiento" hacia él porque no le concedió privilegios laborales.
La condenada A.R.M. era empleada de una empresa de limpieza y en noviembre de 2001 denunció a su jefe por un supuesto acoso sexual por el que fue despedido y llegó a ser juzgado, si bien el caso concluyó con una sentencia absolutoria por falta de pruebas.
A continuación el afectado denunció a la limpiadora por falso testimonio y la juez de lo penal 4 consideró demostrado que actuó movida por "resentimiento" pues su jefe se había negado a concederle una serie de privilegios, según la sentencia a la que tuvo acceso Efe.
Así, la limpiadora le pidió reducir una hora y media su horario laboral para atender a una hermana enferma pero sin solicitar una reducción de jornada, por sus repercusiones económicas, y solicitó a su jefe que contratase a su yerno, lo que no consiguió.
Su resentimiento "fue acrecentándose y llegó a su máximo extremo" cuando la empresa de limpieza le abrió un expediente por bajo rendimiento que concluyó en una sanción de tres días de suspensión de empleo y sueldo.
Sin embargo, la denuncia por acoso sexual motivó que dicha sanción no se llevara a efecto y que el jefe fuese despedido en marzo de 2002, en una decisión luego declarada improcedente por el juzgado de lo Social.
Ahora, la Sección Séptima de la Audiencia confirma en todos sus extremos la condena del juzgado penal y destaca las contradicciones de la denunciante, entre ellas acudir a un psicólogo a relatar supuestas secuelas psicológicas cuatro años después de ocurridos los hechos.
Entre otras, dice la sentencia que la mujer primero denunció un simple acoso sexual de palabra y luego pasó a relatar otros hechos delictivos como que el acusado "la agredió sexualmente, tocándole los pechos y realizando otras acciones desagradables".
La Audiencia, en una sentencia que no es recurrible por la vía ordinaria, confirma la condena de doce meses de multa con cuota diaria de dos euros, lo que equivale a 720 euros, y el pago de una indemnización de 8.835 euros de indemnización por el daño moral causado a su jefe.

 

 
Domingo, 20 de Abril de 2014
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